LA GUINDA :
Firmada esa resolución por una tal Natalia Landín Díaz, Secretaria del C. T. C. D. se apunta :
Contra esta resolución se podrá interponer ante el Comité de Apelación de la Federación Gallega de Fútbol en el plazo de máximo diez días hábiles a contar a partir del día siguiente hábil al de la notificación de la resolución al amparo de los artículos 151 y 152 de los Estatutos y Régimen Disciplinario de la Federación Gallega de Fútbol.
Y te vas a ver los Estatutos de la Federación Gallega de Fútbol y ¡SÓLO TIENE 133 ARTÍCULOS?
Y te vas al Régimen Disciplinario de la Federación Gallega de Fútbol y ¡SÓLO TIENE 116 ARTÍCULOS!.
¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿????????????????????
No hay comentarios:
Publicar un comentario